DESAHUCIO POR IMPAGO, ABOGADOS DESAHUCIO
DESAHUCIO, ABOGADOS DESAHUCIOS, DESAHUCIO POR IMPAGO, CAUSAS DE DESAHUCIO
DESAHUCIO
Si arrendador o arrendatario se encuentran frente a una demanda de desahucio en virtud de la cual el primero pretende desalojar a un inquilino que no cumple lo acordado, ambas partes han de tener en cuenta que los trámites del proceso son los siguientes:- El arrendador debe presentar la demanda de desahucio en el Juzgado al que pertenezca la vivienda. En ella se deben especificar las pretensiones, aunque no es obligatorio incluir razonamientos jurídicos ni las bases legales.
- Dentro de los seis días siguientes, el Juez citará al demandado para la celebración del juicio verbal para el que no será necesario contar con los servicios de un abogado, sino que los interesados podrán defenderse a sí mismos si así lo desean.
- En el juicio de desahucio, el demandante tiene que explicar los motivos que le han llevado a interponer la demanda de desahucio y las pruebas que presenta. Posteriormente, el demandado, si lo desea, podrá alegar lo que considere conveniente en su defensa respecto al desahucio
- El juez deberá dictar sentencia en el plazo de los tres días siguientes de la celebración del juicio o, en caso necesario, cuando se realicen las pruebas que no podrán exceder de doce días.
- Si el juez considera suficiente el motivo presentado por el demandante en la demanda de desahucio para desahuciar al inquilino, le comunicará a éste que dispone de un plazo de ocho días para abandonar voluntariamente la vivienda que ocupa y que en caso de no hacerlo, se procederá por la autoridad a echarle de la misma.
- El propietario de la casa, una vez que se conozca la sentencia puede solicitar al juez que ordene el embargo preventivo de los bienes del inquilino para cubrir el importe que deba por los pagos de alquiler no abonados o cualquier otra cuestión pendiente de pago, así como las costas del juicio.
CAUSAS DESAHUCIO, DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO Y OTROS
Una demanda de desahucio se puede interponer por varias causas. Estas son las causas para poder interponer una demanda de desahucio.
- Desahucio por falta de pago de la renta o cantidades asimiladas.
- Desahucio por incumplimiento de las obligaciones.
- Desahucio por falta de pago del importe de la fianza.
- Desahucio por subarriendo o cesion inconsentidos.
- Desahucio por la realización de daños dolosos o de obras inconsentidas.
- Desahucio por actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilicitas en la vivienda.
- Desahucio por no destinar la vivienda a vivienda del arrendatario.
- Desahucio por extinción del plazo del arrendamiento.
- Desahucio por precario.
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